Abierto el periodo para registrarse para votar
El Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid informa a la comunidad venezolana residenciada en nuestra jurisdicción (Comunidades Autónomas de Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia y Andalucía; y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla).que se encuentra disponible el sistema de actualización de datos electorales, a través del “Registro Electoral On Line” que ha dispuesto el Consejo Nacional Electoral (CNE).
La Circunscripción Electoral aplicable a quienes ejercen el derecho al sufragio en el exterior es la Nacional. Así, los venezolanos y venezolanas residentes en el exterior sólo podrán ejercer el derecho al voto en las próximas Elecciones Parlamentarias, para elegir a los representantes al Parlamento Latinoamericano.
De esta forma todos los venezolanos mayores de 18 años que deseen establecer su centro de votación en Madrid pueden dirigirse a la sede de nuestro Consulado General de lunes a viernes en el horario habitual de atención al público (de 9:00 a 12:00 horas). Sin embargo la fecha máxima que tienen los electores y electoras, tanto en Venezuela como en el exterior, para inscribirse o actualizar sus datos en el Registro Electoral, que regirá en las próximas Elecciones Parlamentarias, será el 30 de abril de 2010.
Es deber de todo ciudadano venezolano inscribirse en el Registro Electoral para poder ejercer su derecho al voto, tal como lo establece el articulo 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siempre y cuando hayan cumplido dieciocho años de edad y no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política; así como aquellos extranjeros que cumplan los requisitos establecidos en el articulo 64 de la Constitución.
El Artículo 29 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.928 del 12 de agosto de 2009 indica que a los efectos de la inscripción en el Registro Electoral, el único documento requerido y válido es la cédula de identidad. Y en su artículo 124 especifican que “sólo podrán votar en el exterior los electores y electoras que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela.
El interesado podrá acudir personalmente a la sede de este consulado, cualquier día laborable hasta el 30 de abril de 2010, sin previa cita, en el horario habitual de atención al público (de 9:00 a 12:00 horas), con todos recaudos,
Una vez, verificado todos los documentos, se procederá a su Inscripción o Actualización.
Si necesita mayor información sobre las regulaciones de los procesos electorales venezolanos y las últimas informaciones emanadas del máximo organismo electoral, le instamos a visitar la página web del CNE en la dirección: http://www.cne.gob.ve/ o escribir al correo electrónico: infocne@cantv.net
Los requisitos indispensables para poder registrarse y votar son:
Haber cumplido los 18 años de edad.
Presentar el Formulario de Actualización de Datos, que puede obtener siguiendo este enlace, debidamente cumplimentado en letra legible y sin tachaduras. El único requerimiento para poder ver o imprimir esta planilla es que usted tenga instalado el programa ADOBE ACROBAT READER, que puede conseguir absolutamente gratis siguiendo este enlace.
Original y copia de la cédula de Identidad laminada (vigente o vencida). Note que según la normativa del CNE, el pasaporte no es un substituto válido de la cédula de identidad para el ejercicio del sufragio en el exterior.
Original y copia del pasaporte venezolano (vigente).
Original y copia del NIE o DNI (vigente).
Original del Certificado Histórico de Empadronamiento (actualizado, es decir, con menos de 30 días de emitido).